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Por Publicado el: 05/05/2020Categorías: Noticias

Cultura destina 28.2 millones de euros para las artes escénicas y la música

Cultura destina 28.2 millones de euros para las artes escénicas y la música

El decreto contempla 80 millones como ayuda extraordinaria y el ministerio reconoce la Cultura como uno de los sectores económicos especialmente afectados

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José Manuel Rodriguez Uribes

Tras casi dos meses desde que se declarase el estado de alarma e incesantes cartas, textos y reclamaciones de los profesionales del sector cultural al Gobierno, este ha realizado el decreto que establece una inversión de 79.4 millones de euros como ayudas extraordinarias, una inyección inmediata de capital urgente, aprobado esta mañana en el Consejo de Ministros.

Según el ministro, José Manuel Rodríguez Uribes, este decreto responde a tres principios: “que nadie se quede atrás”, la toma de decisiones en base a la experiencia previa, y apoyar el valor per se de la cultura. Las ayudas se reflejan en siete bloques: respecto a la liquidez, se dotará a CREA con 20 millones de euros para avalar hasta 780 millones de euros en todos los sectores culturales; se han impulsado medidas de protección frente el desempleo, situación agravada por la crisis del coronavirus y ligada con el desarrollo y la maduración del estatuto del artista; la protección del tejido empresarial y asociativo, tanto para paliar el daño producido, como para ayudar a estas entidades y empresas en el desarrollo de las próximas fases y culminación de la desescalada; se han flexibilizado ayudas y plazos, dotado de anticipos y retirado de la condición de estrenos comerciales; se han introducido incentivos fiscales para el sector del libro y el cinematográfico, en producciones y rodajes; y en cuanto al mecenazgo -demanda histórica de los sectores culturales, subraya -, se han introducido rebajas en las deducciones por mecenazgo, llamando a la solidaridad privada. Uribes ha recalcado que este apoyo se dirige a todos los sectores culturales.

Las empresas culturales, 122.673 según el Directorio Central de Empresas (DIRCE), podrían beneficiarse así de esta partida, ya que no han podido hacerlo de los préstamos de dinero público ICO al ser declaradas insolventes por las entidades bancarias. Esta “fragilidad estructural”, como se apunta desde el ministerio, “hacían muchas veces ineficaces las previsiones generalistas, tanto para la protección de trabajadores como para las empresas, especialmente autónomos y PYMES, que, a la pérdida de liquidez, sumaban la falta de acceso adecuado a la financiación”, reconocen.

El borrador dedica 28.2 millones de euros al sector de las artes escénicas y de la música y se cambiarán las condiciones para la prestación por desempleo a aquellos trabajadores que no estén en un ERTE ni dados de alta como autónomos por la naturaleza intermitente de su actividad. Según los días trabajados en el ejercicio anterior, se recibirá una prestación de 120 días si se han cotizado de 20 a 54 días, y de 180 si se alcanzan y sobrepasan los 180.

Con el fin del plan por fases en el final de junio, Uribes indica que aún es pronto para ver las posibilidades de realización de los festivales de verano. En cualquier caso, indica, la decisión se tomará como hasta ahora, “siguiendo los criterios de sanidad y los científicos y el principio de prudencia. Por tanto, se responderá a esta cuestión cuando llegue el momento”. Hasta ahora, el ministerio ha intentado evitar la cancelación definitiva del evento, optando por el aplazamiento. En este caso, el ministerio de Cultura está trabajando junto al de Consumo para “encontrar alguna solución equilibrada” en cuanto a la devolución de entradas, para no debilitar al sector mientras se apoya al consumidor.

El Gobierno favorecerá líneas de financiación a la Cultura por valor de 780 millones de euros a través de CREA SGR

  • Los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo
  • Las artes escénicas (danza, teatro, circo y música) y los exhibidores de cine  van a disponer de fondos de ayudas, por más de 51 millones de euros, específicamente dedicados a proporcionar apoyo económico  durante la suspensión de actividad y la desescalada
  • También se refuerza el apoyo al sector del libro y a las bellas artes con 5 millones de euros
  • Se mejoran a su vez los incentivos al mecenazgo y a la producción audiovisual 
  • Destina 76,4 millones de euros a través de un paquete de medidas para apoyar y reforzar el sector cultural en la crisis sanitaria

Para garantizar el acceso de las PYME del sector cultural a la liquidez y financiación económica, el Ministerio de Cultura y Deporte inyectará 20 millones de euros en la sociedad de garantía recíproca CREA SGR. Una parte de dicha cantidad, 3.750.000 euros, está destinada a sufragar el coste de la comisión de apertura de los avales de los préstamos a empresas del sector cultural con motivo de la crisis de la COVID-19. El resto, 16.250.000 euros, se destina al fondo de provisiones técnicas. Este importe supone movilizar realmente 780 millones de euros en créditos garantizados para el sector cultural. Cada uno de los ámbitos del sector cultural (libro, bellas artes, artes escénicas, música, cinematografía y audiovisual) accederá a un mínimo de 40 millones de euros, pudiendo obtener liquidez inmediata y específica.

En materia de subvenciones y ayudas públicas para actividades y proyectos culturales, se posibilita el abono de los gastos subvencionables realizados, cuando los proyectos o actividades no hayan  podido llevarse a cabo, total o parcialmente, a causa de la COVID19. A su vez, los profesionales del sector artístico van a poder percibir anticipos e indemnizaciones en caso de aplazamiento o cancelación de las actuaciones contratadas con el sector público, siempre que los contratos no excedan de los 50.000 euros.

Y a efectos de contratación se incorporan varias, entre las que cabe destacar la previsión general  del levantamiento de la suspensión de los procedimientos de contratación para garantizar el interés general y el de los propios licitadores.

Más de 38 millones en ayudas extraordinarias para las artes escénicas y la música

Las ayudas tradicionales del Instituto Nacional  de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) no son aplicables en el contexto actual, dado que la actividad y la movilidad van a ser muy limitadas. Por ello se destinan 38,2 millones de euros para al sector de las artes escénicas (danza, teatro, circo y música), que se convocarán en ayudas extraordinarias con carácter excepcional que tienen en cuenta esta nueva situación. Gestionadas por el Ministerio de Cultura a través del INAEM, estas ayudas persiguen apoyar el mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales, así como las actividades escénicas y musicales y los proyectos culturales.

Para estimular la participación privada en la cultura, se han incrementado en 5 puntos porcentuales los incentivos fiscales al mecenazgo. Así se podrá deducir el 80 % de los 150 primeros euros invertidos en un proyecto, y el 35 % de la cantidad restante. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.

RESUMEN DE LAS MEDIDAS Y AYUDAS QUE AFECTAN A LAS ARTES ESCÉNICAS Y LA MÚSICA RECOGIDAS EN EL REAL DECRETO-LEY DEL 5 DE MAYO DE 2020 DE APOYO AL SECTOR CULTURAL PARA HACER FRENTE A LA SITUACIÓN DERIVADA DE LA COVID-19 

  1. Líneas de crédito específicas para las PYMES del sector de las artes escénicas, así  como para la industria musical y para otras empresas culturales dotadas cada una de un  importe mínimo de 40 millones de euros. Estas líneas de financiación se promoverán a  través la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR, que dará cuenta  mensualmente de la distribución de las mismas ante una Comisión de Seguimiento.
  1. Acceso extraordinario a la prestación por desempleo. El 45% de los contratos de  trabajo del sector artístico, muy especialmente en las artes escénicas y la música, son de  obra y servicio, es decir, poseen un carácter intermitente y discontinuo. Este Real Decreto- Ley responde a una demanda histórica del sector al reconocer esta intermitencia laboral  y la especial vulnerabilidad de los trabajadores del sector cultural, muchos de los cuales  no han podido beneficiarse de los mecanismos de cobertura establecidos hasta la fecha.  Para estos casos, se ha articulado un acceso extraordinario a la prestación por  desempleo del colectivo de artistas en espectáculos públicos encuadrados en el  Régimen General de la Seguridad Social.  La duración de la prestación, que será de un máximo de 180 días, se calculará usando  como referencia los períodos de ocupación cotizada en el año anterior.
  • Si se han realizado entre 20 y 54 días de actuación, la duración de la prestación será de 120 días.
  • Si se han realizado 55 días o más días de actuación, la duración de la prestación  será de 180 días. 

    Esta ayuda será incompatible con otras percepciones o rentas concedidas por cualquier  Administración Pública.

  1. 38.200.000 euros para al sector de las artes escénicas y la música, de los cuales  23.700.000 corresponden a ayudas extraordinarias con carácter excepcional. Con el  fin de apoyar al sector y sus actividades, a los 14.500.000 de euros de la convocatoria  ordinaria de subvenciones de este organismo, se suma una dotación de 23.700.000 euros  en ayudas de carácter excepcional. Estas ayudas se articularán en diferentes líneas de actuación:
  • Apoyo al mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales. 
  • Ayudas a las actividades escénicas y musicales y proyectos culturales. 
  1. Adelantos y pagos del sector público de contratos de interpretación artística y de espectáculos no superiores a 50.000 euros  La declaración del estado de alarma ha llevado consigo el cierre de la amplia red pública  de teatros y salas de espectáculos, ocasionando la suspensión o resolución de contratos  de interpretación artística. La insuficiencia de las previsiones contempladas con carácter general en la legislación de contratos del sector público ha privado de forma sobrevenida a los contratistas de unos ingresos previstos y que resultaban fundamentales para su supervivencia y que justifica la habilitación del presente instrumento normativo con las siguientes medidas.
  • Posibilidad de adelanto de hasta el 30% del precio de contratos cuando se acuerde la modificación o suspensión del mismo para ser ejecutado posteriormente.
  • Posibilidad de indemnización de entre el 3 y 6% del precio de contrato cuando se acuerde la resolución del mismo.
  1. Aumento de las deducciones fiscales de la Ley de mecenazgo. Se eleva un 5 por ciento los porcentajes de deducción previstos para las donaciones efectuadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Hasta ahora, las aportaciones de hasta 150 euros disfrutaban de un importe de deducción del 75%, y por encima de esa cantidad, el 30%. Con esta modificación, elevamos los importes de deducción hasta el 80% para los primeros 150 euros y al 35% en lo que exceda esa cantidad. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.

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